CC deja sin efecto resolución que ordena abrir juicio contra la exdiputada Stella Alonzo

CC deja sin efecto resolución que ordena abrir juicio contra la exdiputada Stella Alonzo

La CC confirmó un amparo a favor de María Stella Alonzo Bolaños y ordenó a una Sala de Apelaciones emitir una nueva resolución en un caso de supuesta corrupción en la Municipalidad de Mixco.

15 julio 2026
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La Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó el amparo otorgado a la exdiputada María Stella Alonzo Bolaños y ordenó a la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente emitir una nueva resolución debidamente fundamentada en el proceso relacionado con el delito de usurpación de funciones, por un supuesto caso de corrupción en la Municipalidad de Mixco durante la administración de su expareja, Otto Pérez Leal.

La resolución mantiene la protección constitucional concedida previamente por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y Antejuicio; sin embargo, modifica sus efectos al establecer que corresponde a la Sala resolver nuevamente el recurso de apelación, conforme a los criterios fijados por el máximo tribunal constitucional.

El caso se originó luego de que el Juzgado de Primera Instancia Penal de Mixco decretó el sobreseimiento a favor de Alonzo por el delito de usurpación de funciones. Esa decisión fue apelada por el Ministerio Público (MP) y la Procuraduría General de la Nación (PGN).

Posteriormente, la Sala Primera de la Corte de Apelaciones revocó el sobreseimiento y ordenó al juez de primera instancia dictar auto de apertura a juicio contra Alonzo por ese delito. Esa resolución fue impugnada mediante un amparo, al considerar que vulneraba derechos constitucionales por carecer de una fundamentación adecuada.

La decisión de la CC

Al analizar el expediente, la Corte de Constitucionalidad concluyó que la Sala de Apelaciones no asumió plenamente la jurisdicción que le corresponde al resolver una apelación, pues se limitó a ordenar al juez de primera instancia emitir un auto de apertura a juicio sin desarrollar un análisis propio de los hechos, del derecho aplicable y de los medios de investigación incorporados al proceso.

Según el fallo, cuando una Sala conoce una apelación contra un sobreseimiento debe resolver el fondo del asunto y exponer con claridad las razones jurídicas que sustentan su decisión, ya sea para confirmar el sobreseimiento, revocarlo o dictar directamente el auto de apertura a juicio, sin trasladar nuevamente esa decisión al juzgado de origen.

La CC señaló que la resolución impugnada no explicó de manera suficiente por qué existían indicios que justificaran someter a Alonzo a juicio oral y público ni efectuó un análisis integral de los medios de investigación ofrecidos por el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nación. Esa omisión, indicó, vulneró el deber de motivación de las resoluciones judiciales y afectó el derecho de defensa y el debido proceso.

El tribunal constitucional recordó que la apelación tiene efecto devolutivo, por lo que el tribunal de alzada asume plenamente la jurisdicción para resolver la controversia y no puede limitarse a ordenar que otro juez emita una nueva resolución, ya que esa figura únicamente procede en determinados supuestos de la apelación especial y no en una apelación ordinaria.

Por ello, declaró sin lugar el recurso de apelación planteado por el Ministerio Público y confirmó el amparo otorgado a Alonzo, con la modificación de que la Sala deberá emitir una nueva resolución congruente con los criterios establecidos por la CC dentro del plazo de cinco días, contados a partir de la recepción de la ejecutoria del fallo. En caso de incumplimiento, cada uno de los magistrados integrantes de la Sala podrá ser sancionado con una multa de Q2 mil.

Investigación del MP

Alonzo fue pareja del exalcalde de Mixco Otto Fernando Pérez Leal, hijo del expresidente Otto Pérez Molina. Durante la administración municipal ocupó el cargo de directora general de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Alcalde (SOSEA).

En las elecciones del 2015 fue elegida diputada al Congreso de la República por el desaparecido Partido Patriota para el período 2016-2020.

Su nombre figura en la investigación del Ministerio Público denominada Corrupción Municipal en campaña del Partido Patriota, presentada en agosto del 2021.

De acuerdo con la pesquisa, durante la administración de Pérez Leal se habrían utilizado alrededor de Q625 mil de fondos municipales para financiar actividades proselitistas relacionadas con la campaña electoral del 2015.

Según el Ministerio Público, Alonzo presuntamente actuó como intermediaria entre la Municipalidad de Mixco y proveedores que prestaron servicios para actividades de campaña política.

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Fuente original: Prensa Libre

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