
CC libra a Alejandro Sinibaldi de enfrentar juicio por el caso Odebrecht al confirmar amparo a su favor
La CC confirmó un amparo a favor de Alejandro Sinibaldi que dejó sin efecto la resolución que ordenaba enviarlo a juicio por el caso Odebrecht.
La Corte de Constitucionalidad (CC) benefició al exministro de Comunicaciones Alejandro Sinibaldi al confirmar un amparo que dejó sin efecto la resolución que ordenaba enviarlo a juicio por el caso Odebrecht. Con el fallo, el exfuncionario evita, por ahora, enfrentar debate oral y público por los delitos de lavado de dinero y cohecho pasivo.
La máxima Corte declaró sin lugar las apelaciones presentadas por el Ministerio Público (MP) y la Procuraduría General de la Nación (PGN),con lo cual confirmó el amparo otorgado a favor de Sinibaldi.
En su resolución, la CC concluyó que la Sala de la Corte de Apelaciones no fundamentó adecuadamente la decisión con la que revocó el sobreseimiento dictado por el juez de primera instancia. Según el tribunal constitucional, los magistrados únicamente afirmaron que existían suficientes medios de investigación para abrir a juicio al exministro, pero no explicaron por qué esos elementos sustentaban esa conclusión.
La Corte señaló que la Sala se limitó a enumerar algunos medios de investigación mencionados por el Ministerio Público, sin analizarlos individualmente ni justificar cómo permitían establecer la probabilidad de participación de Sinibaldi en los hechos investigados.
Además, consideró que la Sala incumplió su obligación de asumir jurisdicción al resolver la apelación, pues ordenó al juez de primera instancia emitir una nueva resolución en lugar de sustituirla por un fallo propio, como establece el Código Procesal Penal.
La CC aclaró que el amparo no resuelve si Sinibaldi debe o no enfrentar juicio. El fallo deja en suspenso la resolución impugnada y ordena que la Sala emita un nuevo pronunciamiento, debidamente motivado, en el que confirme, modifique o revoque el sobreseimiento.
Giro en el caso
La resolución representa un cambio respecto del criterio adoptado por la propia Corte el 4 de junio del 2025, cuando resolvió que Sinibaldi debía enfrentar juicio por el caso Odebrecht al dejar vigente una resolución de Sala que revocó el sobreseimiento.
El proceso tiene como antecedente la resolución emitida en el 2023 por el entonces juez de Mayor Riesgo D, Juan José Jiménez, quien cerró el caso contra el exministro después de que la defensa lograra la anulación de los acuerdos de colaboración eficaz suscritos por tres testigos.
MP desistió de una de las apelaciones
Durante la tramitación del expediente, el Ministerio Público (MP),por medio del fiscal especial de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI),Carlos Ernesto Villeda Sánchez, desistió de una de las apelaciones interpuestas contra la sentencia emitida el 30 de septiembre del 2024 por la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y Antejuicio.
La CC señala en su resolución que el desistimiento fue aprobado el 12 de mayo del 2025. No obstante, el tribunal continuó con el análisis de los recursos promovidos por la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal del MP y por el Estado de Guatemala, por medio de la Procuraduría General de la Nación (PGN).
Fallo dividido
La resolución fue aprobada por mayoría de cinco magistrados. Votaron a favor Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa Escribá, Julia Patricia Maldonado Rivera, María Magdalena Jocholá Tujal y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez. Las magistradas Anabella Morfín y Astrid Lemus emitieron votos disidentes.
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