CC suspende acuerdo que llamó a una consulta comunitaria por hidroeléctrica Palo Viejo

CC suspende acuerdo que llamó a una consulta comunitaria por hidroeléctrica Palo Viejo

Annabella Morfín, presidente de la CC, no estuvo presente para conocer el caso y fue sustituida por la magistrada suplente, María Jocholá.

8 julio 2026
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La Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió un acuerdo del Ministerio de Energía y Minas (MEM) que llamaba a una consulta comunitaria al pueblo maya – ixil de San Juan Cotzal, Quiché, sobre la hidroeléctrica Palo Viejo.

La decisión se da luego que la CC decidió, por mayoría, emitir un amparo provisional a la Empresa Agrícola San Francisco Cotzal, Sociedad Anónima; Agrícola Cafetalera Palo Viejo, Sociedad Anónima; y a José Antonio Sánchez Boche.

Por ahora queda en suspenso el acuerdo ministerial 145-2026, del MEM, que fue publicado en el Diario Oficial el pasado 27 de abril, que llamaba a una consulta comunitaria por la central hidroeléctrica en mención.

“La consulta tiene como finalidad restituir el derecho del pueblo maya-ixil a expresar su opinión y alcanzar acuerdos vinculantes sobre las consecuencias, riesgos, mitigación, reparación, compensación o participación en beneficios derivados de la instalación y operación del proyecto hidroeléctrico Palo Viejo”, refiere el artículo 2 del acuerdo ahora suspendido.  

La hidroeléctrica Palo Viejo inició operaciones en el 2012.

La consulta nació  a raíz del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que contempla consultar a pueblos originarios sobre proyectos que aprovechen los recursos naturales de su territorio.

Entre los votos a favor se encuentra los de los magistrados titulares Roberto Molina Barreto; Dina Ochoa; y Julia Rivera. La magistrada titular, Astrid Lemus, presidenta en funciones para este caso, votó en contra, al igual que María Jocholá, suplente.

En este caso no participó la magistrada Annabella Morfín, presidenta de la CC, quien fue designada por el Organismo Ejecutivo, poder de Estado que apoyaba y promovió la consulta popular que ahora queda suspendida.  

La CC conoce otra acción similar presentada por la Asociación de Generadores de Energía Renovable, que además de cuestionar al MEM también cuestiona al presidente, Bernardo Arévalo.

Ese caso, pese a que el pleno acordó por mayoría resolver a favor del amparo, fue retirado de la agenda, quedando pendiente que este expediente recibiera las firmas correspondientes.

Voto razonado

El magistrado titular Roberto Molina Barreto, por el tipo de caso, razonó su voto, explicando las razones que le llevaron a votar a favor del amparo provisional.

El magistrado explicó que no existe una oposición al proceso de consulta, pero que debido a los convenios y los mismos antecedentes de la CC este tipo de consultas deben llevar una serie de pasos.

“La consulta debe ser previa, es decir, realizada antes de la adopción o ejecución de la medida susceptible de afectar
directamente a los pueblos indígenas; informada, de manera que las comunidades cuenten con los elementos necesarios para participar efectivamente”, explica en su voto.

Así mismo aclara que el caso no ha sido resuelto en definitiva, por lo que el fondo del caso todavía debe de ser estudiado por el pleno constitucional.

“Consideré viable decretar la suspensión provisional a prevención del Acuerdo Ministerial señalado como acto reclamado, pues será al resolverse el fondo del presente asunto que corresponderá determinar, con mayores elementos de juicio, por una parte, si un Acuerdo Ministerial constituye el instrumento jurídicamente idóneo para desarrollar, con efectos generales, el procedimiento de consulta”, indicó.

Fuente original:Prensa Libre

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