Debate en torno a la Ley Integral Antilavado ante su envío al Ejecutivo en Guatemala

Debate en torno a la Ley Integral Antilavado ante su envío al Ejecutivo en Guatemala

La Ley Integral contra el Lavado de Dinero avanza al Ejecutivo sin objeciones del Congreso. El Colegio de Abogados y Notarios manifiesta dudas sobre responsabilidades y manejo de datos, mientras autoridades defienden la norma y anuncian reglamentos.

16 junio 2026
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El Congreso de Guatemala remitió al Organismo Ejecutivo la Ley Integral contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento del Terrorismo, tras no recibir objeciones que impidieran su aprobación. Esta nueva normativa deroga las leyes anteriores que regulaban estas materias (Decretos 67-2001 y 58-2005),estableciendo un marco legal unificado para fortalecer la prevención y control del lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el país.

Sin embargo, el avance de la ley genera inquietudes entre profesionales del derecho, representados por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang),que emitió un comunicado el 9 de junio expresando dudas técnicas y jurídicas sobre la implementación y alcance de esta norma. Las preocupaciones se centran principalmente en las nuevas obligaciones y responsabilidades que la ley impone a los notarios y abogados, aspectos que consideran deben atenderse con criterios adecuados a la realidad del ejercicio profesional en Guatemala.

Principales inquietudes del gremio legal

El Cang advirtió que algunas observaciones enviadas a la Comisión de Economía del Congreso no fueron tomadas en cuenta, y que persisten incertidumbres respecto a posibles regímenes sancionatorios que podrían afectar el ejercicio notarial. En particular, la ley clasifica a los notarios como "personas obligadas" a reportar ciertas operaciones vinculadas con la autorización de instrumentos públicos, como escrituras relacionadas con bienes inmuebles, constitución y administración de personas jurídicas, manejo de fondos y compraventa de participaciones societarias.

Este nuevo rol implica que los notarios deben registrarse formalmente ante la Superintendencia de Bancos (SIB) y cumplir con procedimientos de debida diligencia para identificar y reportar operaciones sospechosas o inusuales. El Cang enfatiza la necesidad de que estas responsabilidades sean compatibles con la función notarial, evitando que se les trasladen obligaciones que excedan su ámbito legal y profesional.

Obligaciones y sanciones establecidas en la ley

En caso de incumplimiento, la ley establece sanciones económicas que oscilan entre US$500 y US$300 mil. Además, la reincidencia puede derivar en planes de acción obligatorios por seis meses y multas adicionales equivalentes al doble del monto original o al 20% de la transacción involucrada. Los recursos recaudados se destinarán a la capacitación de la IVE y al presupuesto de la SIB, con una distribución equitativa entre ambas entidades.

Profesionales incluidos y excepciones al secreto profesional

La ley abarca a abogados, notarios, economistas, contadores públicos y auditores que prestan servicios sin relación laboral directa con sus clientes y que intervienen en actividades relacionadas con bienes inmuebles, administración de activos, manejo de cuentas o creación y gestión de personas jurídicas. En este contexto, los notarios que autorizan escrituras matrices vinculadas a estas operaciones están sujetos a las disposiciones de la ley.

No obstante, la norma contempla excepciones para proteger el secreto profesional. Los profesionales del derecho no están obligados a reportar información obtenida durante el ejercicio del derecho de defensa o auxilio profesional en procesos judiciales, administrativos, arbitrajes o mediaciones, siempre que esa información sea utilizada exclusivamente para verificar la situación jurídica del cliente.

Expectativas y desafíos en la elaboración del reglamento

Con la aprobación de la ley, la Superintendencia de Bancos tiene el mandato de elaborar el reglamento que regulará su aplicación práctica. En este proceso, el Cang ha expresado el interés de participar activamente para resolver las dudas de sus agremiados y contribuir a que la implementación sea acorde con las condiciones reales del ejercicio profesional en Guatemala.

Una de las preocupaciones principales del gremio es la ausencia de una ley de protección de datos personales en Guatemala, que podría afectar la administración y resguardo de la información recolectada en cumplimiento de la ley. Se teme que la información almacenada no cuente con mecanismos claros de protección y que no esté sujeta a un uso probatorio en procesos judiciales, generando incertidumbre sobre quién será responsable de su custodia y seguridad.

Francisco Javier Puac, vicepresidente de la Junta Directiva del Cang, señaló que el gremio apoya la ley y que su pronunciamiento no busca obstaculizar su entrada en vigor ni promover acciones legales para frenarla. Por el contrario, manifestó la disposición del Colegio para capacitar a sus miembros y colaborar en las mesas técnicas que desarrollarán el reglamento.

Defensa de la Ley Integral por parte de autoridades legislativas

El diputado Jorge Ayala, presidente de la Comisión de Economía e integrante del bloque Valor, señaló que el proceso legislativo incorporó mecanismos para atender las inquietudes planteadas por el gremio legal. Destacó que el artículo 41 de la ley establece un procedimiento específico para resguardar el secreto profesional, protegiendo a los abogados y notarios en el manejo de información obtenida durante la defensa de sus clientes.

Asimismo, mencionó que la ley contempla programas de capacitación para los sujetos obligados, enfatizando la importancia de inducciones con manuales y guías que clarifiquen el alcance de las nuevas responsabilidades. La Intendencia de Verificación Especial tendrá facultades para supervisar estos procesos de formación.

En cuanto a las sanciones, el diputado explicó que aunque la ley establece rangos generales, los montos específicos y detalles sobre cada infracción serán definidos en el reglamento, lo que permitirá una aplicación más precisa y ajustada a las circunstancias.

Contexto y relevancia para Guatemala

La aprobación de esta Ley Integral Antilavado representa un paso significativo en los esfuerzos de Guatemala por fortalecer su sistema financiero y legal frente a los riesgos asociados con el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. La norma busca alinear al país con los estándares internacionales, en particular los recomendados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI),y evitar que Guatemala sea incluida en listas grises que puedan afectar su reputación y acceso a mercados financieros.

La participación activa de los profesionales del derecho y otros sectores en la implementación y aplicación de esta ley será fundamental para garantizar su efectividad, así como para salvaguardar el equilibrio entre la prevención de delitos financieros y el respeto a las garantías y derechos de los ciudadanos.

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