Etanol en las gasolinas de Guatemala: qué establece el reglamento y cuándo comienza la mezcla E10
El Acuerdo Gubernativo 257-2025 establece las reglas, plazos y controles para incorporar 10% de etanol en las gasolinas que se comercializan en Guatemala, una mezcla conocida como E10.
El Acuerdo Gubernativo 257-2025 contiene el Reglamento General de la Ley de Alcohol Carburante y establece que las gasolinas comercializadas en Guatemala deberán incorporar 10% de etanol, mezcla conocida como E10. La normativa también regula la producción, almacenamiento, transporte y mezcla del alcohol carburante, además de establecer requisitos y responsabilidades para productores, distribuidores y comerciantes.
El reglamento define distintas clasificaciones del etanol según sus emisiones, fija metas ambientales y establece un ciclo anual para determinar porcentajes de mezcla y contratación del suministro. También contempla registros y licencias, mecanismos de supervisión a cargo del Ministerio de Energía y Minas (MEM), sanciones por incumplimiento y precios de referencia. Entre las disposiciones transitorias se establece una mezcla mínima de 10% durante cinco años.
Comentarios (0)
Sé el primero en comentar este artículo.
Debes iniciar sesión para poder comentar.
Iniciar sesión