Ley antilavado en Guatemala: no criminaliza economía informal ni uso de efectivo, aclaran expertos

Ley antilavado en Guatemala: no criminaliza economía informal ni uso de efectivo, aclaran expertos

La Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero en Guatemala excluye a la economía informal y el uso de efectivo de persecución, enfocándose en detectar operaciones ilícitas sin fines tributarios.

10 junio 2026
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El Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto 15-2026, conocido como la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. Aunque aún debe completarse su proceso de sanción, promulgación y publicación para entrar en vigencia, expertos destacan que esta normativa no busca criminalizar el uso de dinero en efectivo ni perseguir la economía informal, ni tiene como objetivo funciones tributarias.

La ley establece explícitamente en su artículo 1 que no pretende atacar ni reprimir actividades propias de la economía informal ni el uso de efectivo, elementos que representan una parte significativa de la dinámica económica en Guatemala. Asimismo, se aclara que la norma no es una herramienta para la recaudación fiscal ni para la fiscalización tributaria.

Enfoque y alcance de la ley antilavado

El objetivo principal de esta legislación es identificar y prevenir operaciones financieras vinculadas con el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, es decir, evitar que recursos provenientes de actividades ilícitas ingresen al sistema económico como fondos legítimos. Para lograrlo, la ley se enfoca en los sujetos obligados, tales como bancos, casas de cambio, notarios, contadores y ciertos sectores del comercio de alto valor, quienes tienen la responsabilidad de reportar operaciones sospechosas.

En este sentido, el uso de efectivo por parte de vendedores del mercado, agricultores u otros trabajadores informales no supone una sospecha ni desencadena mecanismos de reporte únicamente por el hecho de manejar dinero en efectivo. El planteamiento busca identificar patrones específicos que indiquen la posible ocultación del origen ilícito del dinero, en lugar de controlar indiscriminadamente todas las transacciones en efectivo.

Impacto en la población y economía informal

En Guatemala, donde la economía informal representa un porcentaje importante de la actividad económica y una gran parte de las transacciones se realizan en efectivo, resulta esencial diferenciar entre control y persecución. Por ejemplo, un agricultor que vende su cosecha y recibe pagos en efectivo no será objeto de vigilancia especial bajo esta ley. Sin embargo, cuando estas personas accedan a servicios financieros formales, podrían enfrentar procesos de debida diligencia más rigurosos al abrir cuentas o realizar ciertos trámites, lo cual no debe interpretarse como persecución, sino como parte del fortalecimiento de un sistema financiero más seguro.

Este enfoque pretende proteger la esencia de la ley, delimitando claramente la diferencia entre fiscalizar recursos vinculados con actividades ilícitas y criminalizar la pobreza o la informalidad económica.

Implementación y riesgos

La eficacia de la ley dependerá en gran medida de su correcta implementación. Aunque la normativa establece garantías importantes, estas no aseguran por sí solas que no se produzcan interpretaciones abusivas. La capacitación de los operadores del sistema, supervisores y oficiales de cumplimiento es fundamental para que comprendan con precisión qué persigue la ley y qué queda fuera de su alcance.

Un aspecto clave es el enfoque basado en riesgo que introduce esta legislación. Los controles y requerimientos de información deben aplicarse de manera proporcional al perfil de riesgo del cliente y la operación, evitando que toda persona que utilice el sistema financiero enfrente cargas excesivas que podrían derivar en exclusión financiera.

Para evitar que la banca adopte posturas excesivamente cautelosas que afecten a clientes legítimos, es necesario contar con regulaciones secundarias claras, capacitación continua y mecanismos accesibles para impugnar posibles abusos. La participación activa de entidades como el Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero (CONCLAFT),la Superintendencia de Bancos (SIB) y la Intendencia de Verificación Especial (IVE) será crucial en los próximos meses.

Diferenciación con el ámbito tributario

Es importante destacar que esta ley no debe confundirse con medidas tributarias. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tiene competencia sobre obligaciones fiscales de personas y empresas, independientemente del origen de sus recursos. En cambio, la ley antilavado se centra exclusivamente en prevenir que el producto de actividades ilícitas, como narcotráfico, extorsión, corrupción o trata de personas, se integre al sistema económico formal.

Confundir estos ámbitos puede generar preocupaciones infundadas y afectar la percepción pública sobre la normativa.

Mecanismos para proteger a sectores no vinculados con actividades ilícitas

Para asegurar que la ley no afecte injustamente a personas y negocios que no están relacionados con actividades ilícitas, se requieren tres pilares fundamentales:

Además, la cultura con la que los reguladores se acerquen a los sujetos obligados es igualmente importante para fomentar una aplicación justa y equilibrada.

Beneficios para la población y la economía guatemalteca

La implementación adecuada de esta ley permitirá a Guatemala mantener su posición fuera de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI),lo cual trae beneficios concretos para la población. Por ejemplo, se evitarán aumentos significativos en los costos de envío de remesas, que son vitales para muchas familias guatemaltecas. Expertos estiman que la inclusión en dicha lista hubiera incrementado estos costos hasta en un 40%, debido a las reacciones del mercado financiero internacional ante países bajo monitoreo reforzado.

Asimismo, estar fuera de la lista gris contribuye a mantener abiertas las corresponsalías bancarias, cartas de crédito y tasas de interés razonables, favoreciendo el acceso a créditos para vivienda, negocios y vehículos.

Además, un sistema antilavado robusto envía un mensaje claro a las estructuras criminales de que Guatemala no es un lugar propicio para sus operaciones, lo que desincentiva delitos relacionados y contribuye a mejorar la seguridad ciudadana.

Finalmente, una mejor reputación en materia de prevención de lavado de dinero atrae inversión extranjera y fomenta la generación de empleo formal, fortaleciendo el desarrollo económico y social del país.

Conclusión

La Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero en Guatemala representa un avance importante para fortalecer el sistema financiero y combatir el crimen organizado. Sin embargo, su éxito dependerá de una implementación equilibrada que proteja a la economía informal y garantice que el uso legítimo del efectivo no sea objeto de persecución. Con regulaciones claras, capacitación adecuada y mecanismos de control, esta normativa puede contribuir a un entorno económico más seguro y justo para todos los guatemaltecos.

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