Nombramiento de Jonathan Menkos en el Banguat suma tercer amparo que cuestiona su preparación técnica

Nombramiento de Jonathan Menkos en el Banguat suma tercer amparo que cuestiona su preparación técnica

El nombramiento de Jonathan Menkos como presidente del Banguat suma un tercer amparo ante la CC. La nueva acción señala que no reúne la preparación técnica para dirigir el banco central.

2 octubre 2026
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El nombramiento de Jonathan Menkos Zeissig como presidente del Banco de Guatemala (Banguat) y de la Junta Monetaria suma un tercer amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC). Esta nueva acción, además de cuestionar que mantenga su calidad de diputado, señala que, según los accionantes, Menkos no reúne la preparación técnica requerida para dirigir el banco central.

La acción fue promovida por Rodilio y Roselín García contra el presidente Bernardo Arévalo por la designación de Menkos. Ambos accionantes también promovieron acciones legales durante el gobierno de Jimmy Morales relacionadas con la expulsión de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig).

Este tercer planteamiento incorpora un cuestionamiento distinto de los expuestos en las acciones anteriores contra la designación: además de señalar la condición de diputado de Menkos, los accionantes cuestionan su preparación técnica para presidir el Banguat.

El señalamiento corresponde a los argumentos de quienes promovieron el amparo y deberá ser evaluado por la CC al conocer la acción.

Menkos asumió el jueves 1 de octubre la Presidencia del Banguat y de la Junta Monetaria para el período comprendido entre el 1 de octubre del 2026 y el 30 de septiembre del 2030. Su nombramiento fue efectuado por Arévalo el 29 de septiembre.

La designación ha originado varias acciones constitucionales y una discusión acerca de la compatibilidad entre la calidad de diputado de Menkos y el ejercicio de la Presidencia del banco central.

Cuestionan calidad de diputado

Uno de los principales argumentos expuestos contra el nombramiento se relaciona con la curul para la cual Menkos fue elegido para el período 2024-2028.

En enero del 2024, el Congreso le concedió permiso para ausentarse de sus funciones legislativas. Posteriormente asumió como ministro de Finanzas Públicas, cargo que ejerció hasta el 30 de septiembre del 2026.

El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) promovió un amparo contra Arévalo y lo amplió después de que Menkos tomó posesión como presidente del Banguat y de la Junta Monetaria.

La organización sostiene que el permiso concedido por el Congreso no extinguió la calidad de diputado de Menkos ni su curul, sino que únicamente suspendió temporalmente el ejercicio de sus funciones legislativas.

Según el Cacif, esa situación es incompatible con la Presidencia del Banguat y de la Junta Monetaria.

La organización fundamenta su planteamiento en el artículo 112 de la Constitución Política de la República y en los artículos 18, literal g), y 31 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

Según su interpretación, esas disposiciones establecen impedimentos e incompatibilidades que imposibilitan que una persona que mantiene la calidad de diputado ejerza la Presidencia del banco central y de la Junta Monetaria.

El Cacif también argumenta que la autorización otorgada por el Congreso estaba relacionada con las funciones para las cuales Menkos recibió el permiso. Por esa razón, considera que, al dejar el Ministerio de Finanzas Públicas para asumir la Presidencia del Banguat, debía obtener una nueva autorización legislativa o renunciar a su calidad de diputado.

Como medida provisional, el Cacif pidió a la CC suspender los efectos de la designación y del nombramiento. Debido a que Menkos ya tomó posesión, también solicitó que deje temporalmente las funciones y que el vicepresidente del Banguat asuma mientras se resuelve el amparo.

En la resolución definitiva, el sector empresarial pide que la acción sea declarada con lugar y queden sin efecto el nombramiento, la designación y los actos derivados de estos, incluida la toma de posesión.

Vamos también presentó un amparo

Diputados de la bancada Vamos también accionaron contra el nombramiento.

Los parlamentarios cuestionan el alcance del permiso concedido por el Congreso en enero del 2024. Sostienen que esa autorización permitió a Menkos ausentarse temporalmente para desempeñar el cargo para el cual había sido invitado dentro del Organismo Ejecutivo, pero que no constituye una autorización general para ejercer cualquier otro cargo público.

En la acción solicitan suspender los efectos del nombramiento y que las autoridades del Banguat y de la Junta Monetaria se abstengan de permitir que Menkos ejerza las funciones mientras mantenga su calidad de diputado sin una autorización legislativa específica.

También piden que la designación para el período 2026-2030 quede sin efecto.

CC requiere informe a Arévalo

La controversia ya se encuentra bajo conocimiento de la CC. Este viernes 2 de octubre se informó que la Corte concedió 48 horas al presidente Arévalo para presentar un informe relacionado con la situación de Menkos.

El plazo vence el domingo 4 de octubre.

La CC también notificó al Congreso por el permiso concedido a Menkos, aunque no fijó un plazo al Legislativo. Asimismo, se informó que la Presidencia del Banguat no le confiere inmunidad a Menkos.

Las distintas acciones contra la designación deberán ser conocidas por la Corte según sean programadas.

Arévalo sostiene que el nombramiento es legal

El presidente Arévalo ha defendido la legalidad de su decisión y sostiene que el permiso concedido por el Congreso a Menkos no estaba vinculado exclusivamente con el Ministerio de Finanzas Públicas.

El mandatario afirmó que el presidente del Congreso, Luis Contreras, había indicado que el permiso no estaba ligado específicamente a esa cartera y que, por ello, Menkos no necesitaba solicitar otra autorización para asumir un cargo distinto.

“Él no pidió permiso para ir de ministro de Finanzas, sino que se le dio permiso de manera indeterminada y abierta, y por eso está siendo nombrado y no tenemos ninguna duda alrededor de la legalidad del nombramiento”, afirmó Arévalo el miércoles en conferencia de prensa.

El Gobierno sostiene que el nombramiento se efectuó en ejercicio de las atribuciones que le confieren al presidente el artículo 132 de la Constitución Política de la República y el artículo 28 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

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Fuente original: Prensa Libre

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