Nueva ley antilavado: estos son los funcionarios y familiares sujetos a controles financieros reforzados

Nueva ley antilavado: estos son los funcionarios y familiares sujetos a controles financieros reforzados

La Superintendencia de Bancos (SIB) publicó el primer listado de personas expuestas políticamente (PEP) tras la entrada en vigor de la nueva ley antilavado. El documento incluye diversos cargos del sector público y define los perfiles de quienes están...

4 noviembre 2026
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inteligencia financiera
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La Superintendencia de Bancos (SIB), por medio de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), definió el primer listado de personas expuestas políticamente (PEP), tras la entrada en vigor, en septiembre pasado, de la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo.

De acuerdo con lo establecido en la ley, el listado deberá actualizarse cada dos años y la SIB será la encargada de su publicación oficial.

La resolución incorpora las definiciones de asociados cercanos, beneficiario final y persona expuesta políticamente (PEP), entre otras disposiciones contempladas en la nueva legislación.

Según la publicación de la SIB, las personas obligadas deberán adoptar e implementar procedimientos y medidas adicionales de debida diligencia del cliente respecto de las PEP, sus parientes en primer grado de consanguinidad, cónyuges o convivientes en unión de hecho, así como sus asociados cercanos.

Estas medidas se aplicarán únicamente mientras la persona desempeñe el cargo que le fue conferido y durante un año después de haber cesado en sus funciones.

Anteriormente, existía ambigüedad respecto de los cargos considerados dentro de la categoría de personas expuestas políticamente. Sin embargo, con la nueva legislación se establece un listado de cargos del sector público cuyos titulares estarán sujetos a medidas adicionales de debida diligencia, en el marco de la supervisión y las disposiciones aplicables en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

Nueva ley antilavado define cargos considerados PEP

Para la elaboración del primer listado de personas expuestas políticamente (PEP), publicado este martes 3 de noviembre en el Diario de Centro América, mediante la Resolución 1799-2026, la SIB llevó a cabo un estudio técnico previo que permitió identificar una amplia cantidad de cargos públicos cuyos titulares serán considerados PEP.

La nueva legislación establece que el primer listado debe publicarse dentro de los 30 días posteriores a su entrada en vigor, con el detalle de los cargos públicos prominentes comprendidos en esta categoría.

Asimismo, la ley contempla tres niveles de debida diligencia del cliente. En el caso de las personas expuestas políticamente, se aplica un nivel intensificado debido al mayor riesgo asociado con las funciones que desempeñan.

Por esta razón, las PEP están sujetas a medidas reforzadas de debida diligencia, conforme a las disposiciones establecidas en la legislación y los criterios de riesgo aplicables en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

SIB establece cargos públicos sujetos a controles reforzados

La resolución de la SIB establece los cargos públicos prominentes cuyos titulares serán considerados personas expuestas políticamente (PEP), conforme al listado aprobado por la institución.

El documento fue elaborado con fundamento en un informe técnico de la Intendencia de Verificación Especial (IVE).

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América, por lo que sus disposiciones serán de cumplimiento inmediato a partir de esa fecha.

¿Quién es considerado una persona PEP?

Una persona expuesta políticamente (PEP) es aquella que desempeña o ha desempeñado funciones o cargos públicos prominentes, tanto en Guatemala como en otros países, así como funciones de alto nivel en organismos internacionales.

La nueva legislación también contempla a las personas jurídicas y estructuras jurídicas de las cuales una PEP sea beneficiaria final.

Las personas obligadas deberán adoptar e implementar procedimientos y medidas adicionales de debida diligencia del cliente respecto de las PEP, sus parientes en primer grado de consanguinidad, cónyuges o convivientes en unión de hecho, así como sus asociados cercanos.

La condición de PEP tiene carácter preventivo y no implica una restricción para acceder a productos o servicios financieros, aunque sí conlleva la aplicación de medidas adicionales de debida diligencia.

Uno de los principales cambios de la nueva legislación es que la condición de PEP se mantiene durante el ejercicio del cargo y hasta un año después de haber cesado en sus funciones.

Transcurrido ese plazo, la persona deja automáticamente de ser considerada PEP, sin necesidad de realizar algún trámite previo.

Con esta disposición se busca evitar que los exfuncionarios permanezcan sujetos indefinidamente a esta clasificación y reducir las barreras de acceso a servicios financieros que anteriormente podían enfrentar.

Nueva ley antilavado: estos son los pasos pendientes

La publicación del primer listado de cargos considerados personas expuestas políticamente (PEP), efectuada este martes 3 de noviembre por la SIB, forma parte de las disposiciones transitorias y finales establecidas por el Congreso de la República tras la aprobación de la nueva ley antilavado.

Entre los pasos pendientes figura la publicación del reglamento de la ley, cuya emisión corresponde al Organismo Ejecutivo, con la participación técnica de la SIB, por medio de la Intendencia de Verificación Especial (IVE). Para ello, la legislación establece un plazo de seis meses.

Posteriormente, deberá cumplirse con la inscripción de administradores en el Registro Mercantil, para lo cual se contempla un período de seis meses, así como con la actualización del Registro de Acciones, que tendrá un plazo de un año.

Como parte de los avances en la implementación de la normativa, en octubre pasado se celebró la primera reunión ordinaria del Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (Conclaft).

Fuente original: Prensa Libre

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