
Propuesta de enmienda busca limitar extinción de dominio en casos de lavado hasta sentencia firme
El Congreso de Guatemala no aprobó la Ley contra el Lavado de Dinero debido a una enmienda que condiciona la extinción de dominio a una sentencia penal firme, generando desacuerdos entre bloques legislativos. La propuesta modifica la Ley de Extinción d...
El Congreso de Guatemala suspendió la sesión del pasado martes tras evidenciarse desacuerdos sobre una enmienda propuesta para la Ley contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento al Terrorismo. La modificación planteada condiciona la aplicación de la extinción de dominio en casos de lavado de dinero únicamente cuando exista una sentencia penal firme contra el propietario, poseedor o beneficiario real de los bienes involucrados.
La iniciativa, que fue motivo principal para la suspensión de la sesión, propone la incorporación de un nuevo artículo en la ley antilavado que modificaría la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio, contenida en el Decreto 55-2010, específicamente para los delitos relacionados con el lavado de dinero.
Contenido de la enmienda
La enmienda establece que la extinción de dominio no podría ejecutarse sin una sentencia penal firme que condene al dueño o beneficiario real de los bienes, tales como dinero, inmuebles u otros activos. En otras palabras, la acción de extinción de dominio quedaría supeditada a la conclusión definitiva de un proceso penal que demuestre la comisión del delito.
Además, la propuesta excluye la posibilidad de iniciar la extinción de dominio sin un proceso penal previo, tal como actualmente permite el artículo 5 de la Ley en Materia de Extinción de Dominio. Sin embargo, contempla excepciones para ejercer esta acción sin sentencia penal firme en casos específicos como:
- Rebeldía del sindicado durante al menos dos años desde que la declaración de rebeldía sea firme.
- Fallecimiento del sindicado o procesado, debidamente acreditado.
- Prescripción de la acción penal declarada mediante resolución firme.
- Imposibilidad judicial para identificar al sindicado tras agotar las investigaciones.
- Condena penal firme en el extranjero por delitos equivalentes, reconocida en Guatemala.
En estas situaciones, se aplicaría un estándar de prueba claro y convincente para demostrar el origen ilícito de los bienes y su nexo con la actividad delictiva, además de verificar la inexistencia de derechos de terceros de buena fe. Esto contrasta con el estándar actual de preponderancia de la prueba o balance de probabilidades, establecido en el artículo 25, numeral 14, de la Ley de Extinción de Dominio.
Eliminación de presunciones legales y prevalencia normativa
El nuevo artículo propuesto también elimina la aplicación de la presunción legal contenida en el artículo 6 de la Ley de Extinción de Dominio para los delitos previstos en la ley antilavado. En su lugar, el Ministerio Público deberá acreditar la existencia del delito, el nexo con los bienes y el parámetro temporal correspondiente con pruebas directas o indiciarias suficientes.
Asimismo, la enmienda establece que esta regulación prevalecerá únicamente para los delitos contemplados en la ley contra el lavado de dinero sobre cualquier norma de igual o inferior jerarquía que contradiga sus disposiciones, incluyendo artículos específicos de la Ley de Extinción de Dominio y la Ley vigente contra el Lavado de Dinero.
Reacciones y posturas legislativas
El bloque legislativo conocido como Cabal habría impulsado esta enmienda. No obstante, el jefe de dicho bloque aclaró que la inclusión dependerá de los consensos alcanzados con otras bancadas y que no están promoviendo la modificación de manera unilateral. Señaló que su propuesta busca mantener la presunción de inocencia y que la extinción de dominio se active únicamente tras sentencia firme, respetando la Constitución.
Por su parte, el ministro de Gobernación, quien en el pasado se desempeñó como juez en casos de Extinción de Dominio, calificó la modificación como una "desproporción total". Argumentó que la acción de extinción de dominio es eminentemente patrimonial y no debe estar condicionada a una condena penal, ya que esto inutilizaría la ley y debilitaría la lucha contra el lavado de dinero y el crimen organizado.
El ministro explicó que muchas propiedades extinguidas pertenecen a personas que no cometieron delitos, pero que prestaron sus nombres para aparentar la titularidad de los bienes, lo que justifica la necesidad de desvincular la acción de extinción de dominio del proceso penal.
Suspensión de la sesión y controversias en el Congreso
La sesión legislativa fue suspendida luego que la Junta Directiva detectara que algunas bancadas intentaban aprobar enmiendas de último minuto sin conocimiento previo de la mayoría de diputados. Se reportó que ciertas modificaciones pretendían eliminar multas y responsabilidades para profesionales del gremio de abogados, lo que generó rechazo dentro del Congreso.
Uno de los secretarios del Congreso confirmó que la Junta Directiva decidió romper el quórum para evitar la inclusión sorpresiva de estas enmiendas y proteger la integridad de la ley antilavado. El legislador afirmó que esta acción evidenció a los bloques que buscan debilitar la legislación.
Además, diputados de los bloques Unionista y Todos rechazaron las acusaciones que los vinculaban con la presentación de las enmiendas controvertidas, asegurando que no participaron en ninguna reunión para modificar la normativa ni retrasar su aprobación.
Perspectivas y llamado a la aprobación
La Cámara de Comercio Guatemalteco-Americana (AmCham) emitió un comunicado en el que resalta la importancia de la aprobación de la ley antilavado para fortalecer el marco legal e institucional del país. La entidad señaló que la normativa está alineada con estándares internacionales y es fundamental para proteger el sistema financiero y combatir actividades ilícitas.
AmCham exhortó al Congreso a avanzar en el proceso legislativo y aprobar la ley por artículos y en redacción final para dotar al país de herramientas eficaces en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Contexto nacional
En Guatemala, la lucha contra el lavado de dinero ha sido un tema prioritario debido a la persistencia de grupos criminales y la influencia del narcotráfico en la economía formal. La Ley de Extinción de Dominio, vigente desde 2010, ha permitido la recuperación de bienes ilícitos sin necesidad de condenas penales previas, mecanismo que ahora sería modificado con la propuesta en discusión.
El debate actual refleja la tensión entre garantizar el debido proceso y mantener instrumentos efectivos para combatir el crimen organizado. La decisión sobre esta enmienda tendrá un impacto directo en la capacidad del Estado para afrontar el lavado de activos y fortalecer la justicia en Guatemala.
Conclusión
La discusión sobre la enmienda que condiciona la extinción de dominio a una sentencia penal firme ha generado un fuerte debate político y jurídico en el Congreso de Guatemala. Mientras algunos sectores abogan por respetar la presunción de inocencia y los procesos penales, otros advierten que esta modificación podría debilitar la legislación vigente y afectar la lucha contra el lavado de dinero y la delincuencia organizada.
El primer período ordinario de sesiones concluyó sin la aprobación de la ley antilavado, dejando como pendiente una de las iniciativas legislativas más relevantes para el fortalecimiento institucional del país en materia financiera y de seguridad.
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