Sala Primera confirma devolución de edificio vinculado a Manuel Baldizón y cierra vía de extinción de dominio

Sala Primera confirma devolución de edificio vinculado a Manuel Baldizón y cierra vía de extinción de dominio

La Sala Primera de Apelaciones confirmó la devolución de un edificio relacionado con Manuel Baldizón tras rechazar recursos del MP y PGN, cerrando la vía de extinción de dominio y ordenando la entrega del inmueble en zona 15.

21 abril 2026
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La Sala Primera de Apelaciones de Mayor Riesgo ratificó la devolución de un inmueble vinculado al excandidato presidencial Manuel Baldizón, tras rechazar los recursos presentados por el Ministerio Público (MP) y la Procuraduría General de la Nación (PGN). Con esta resolución, se cierra la vía de extinción de dominio en este caso y se ordena la entrega formal del edificio ubicado en la zona 15 de la Ciudad de Guatemala.

La decisión, anunciada el 21 de abril de 2026, confirma la sentencia original emitida por el Juzgado de Extinción de Dominio, a cargo del juez Delmar González, quien había dictaminado que no existían elementos suficientes para determinar que el inmueble tuviera un origen ilícito o que hubiera sido empleado para ocultar recursos de procedencia ilegal. En consecuencia, el tribunal consideró que el caso debe ser tratado como una controversia civil relacionada con la titularidad del bien.

Fundamentos de la resolución judicial

Los magistrados de la Sala Primera de Apelaciones resolvieron declarar sin lugar las impugnaciones presentadas por el MP y la PGN, señalando que no se logró demostrar la vinculación directa o indirecta del inmueble con actividades ilícitas. En su fallo, indicaron que mantener la medida de extinción de dominio sin pruebas contundentes afectaría principios fundamentales como la legalidad y la seguridad jurídica, además de desnaturalizar el régimen propio de extinción de dominio.

El tribunal enfatizó que la controversia debe dirimirse en la vía civil, que cuenta con los mecanismos adecuados para resolver disputas sobre la propiedad de bienes inmuebles.

Levantamiento de medidas cautelares y entrega del inmueble

Como parte de la resolución, la Sala ordenó levantar las medidas precautorias que pesaban sobre el edificio ubicado en la zona 15 capitalina. Asimismo, estableció un plazo de 30 días para que el juez de Extinción de Dominio ejecute la entrega formal del inmueble a quien corresponda, una vez que la resolución quede firme y definitiva.

Contexto del caso

Manuel Baldizón, excandidato presidencial de Guatemala, ha estado vinculado en el pasado a investigaciones por corrupción y lavado de dinero, procesos que motivaron acciones legales para la extinción de dominio sobre diversos bienes relacionados con él. Estas investigaciones forman parte de un esfuerzo más amplio de las autoridades guatemaltecas para combatir la corrupción y recuperar activos de procedencia dudosa.

Sin embargo, en este caso particular, la Sala Primera de Apelaciones determinó que no existían evidencias suficientes para acreditar que el edificio objeto del proceso tuviera un origen ilícito o que hubiera sido utilizado para ocultar recursos ilegales.

Implicaciones jurídicas y sociales

La decisión judicial reafirma la importancia de respetar los principios constitucionales en los procesos de extinción de dominio, especialmente la legalidad y la seguridad jurídica. Esto implica que las autoridades deben contar con evidencia sólida para justificar la afectación de bienes mediante esta figura legal, evitando que se utilice como un mecanismo arbitrario.

Además, el fallo establece un precedente relevante en la aplicación de la normativa sobre extinción de dominio en Guatemala, al precisar que cuando no existen pruebas concluyentes, el conflicto debe resolverse en instancias civiles y no penales o administrativas.

El edificio en cuestión

El inmueble cuya devolución fue confirmada se encuentra en una zona estratégica de la capital guatemalteca, la zona 15, reconocida por su desarrollo residencial y comercial. El edificio había sido objeto de medidas precautorias desde que se inició el proceso de extinción de dominio.

Con la resolución de la Sala, se espera que la propiedad retorne a su legítimo propietario en un plazo no mayor a un mes, una vez que se cumplan los procedimientos legales correspondientes para la entrega formal.

Reacciones y próximos pasos

El Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nación aún pueden evaluar otras vías legales dentro de los marcos permitidos, pero la Sala Primera de Apelaciones dejó clara la imposibilidad de continuar el proceso de extinción de dominio en este expediente.

En tanto, el caso pasa a la jurisdicción civil para que se resuelva la controversia sobre la titularidad del bien, lo cual implica que las partes involucradas podrán presentar sus argumentos y pruebas en ese ámbito.

Conclusión

La confirmación de la devolución del edificio vinculado a Manuel Baldizón por parte de la Sala Primera de Apelaciones representa un desarrollo significativo en el sistema judicial guatemalteco, al reafirmar la necesidad de respetar el debido proceso y los principios legales en materia de extinción de dominio.

Este fallo también resalta la importancia de contar con pruebas contundentes para afectar bienes mediante esta figura legal y establece un precedente para casos futuros, contribuyendo a la seguridad jurídica y al equilibrio entre la lucha contra la corrupción y la protección de los derechos de propiedad.

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