Sicom identifica 1 mil 187 normas con posibles barreras a la competencia y qué procede

Sicom identifica 1 mil 187 normas con posibles barreras a la competencia y qué procede

La Superintendencia de Competencia (Sicom) identificó, en un análisis preliminar, presuntas barreras a la libre competencia en 1 mil 187 de los 1 mil 534 instrumentos normativos que revisa como parte de una evaluación sobre la regulación estatal. Tambi...

1 septiembre 2026
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Con base en la resolución 16-2026, la Superintendencia de Competencia (Sicom) requirió documentación normativa a todos los entes estatales, con el fin de identificar barreras regulatorias que restringen la competencia en el país. De los miles de documentos recibidos de 180 entidades, identificó que 1 mil 584 están relacionados con esa materia.

Tras una primera revisión preliminar, la Sicom detectó que 1 mil 187 de esos documentos contienen presuntas barreras a la libre competencia.

Javier Bauer, presidente del Directorio de la Superintendencia de Competencia (Sicom), así como los directores Jorge Mario González Paz y Luis Velásquez, dieron a conocer datos de este informe preliminar durante una conferencia organizada por la iniciativa Compite Guate, del Consejo Nacional Empresarial, con el apoyo de Suecia.

Los directores explicaron que la Ley de Competencia les otorgó un plazo de dos años para analizar todo el diseño institucional del Estado e identificar barreras a la libre competencia.

Velásquez expuso que 180 instituciones estatales han remitido resoluciones, acuerdos, normativas y otros instrumentos. Agregó que se ha obtenido una buena respuesta de las municipalidades, ya que 146 trasladaron su documentación. También respondieron tres ministerios, entre ellos los de Ambiente y Recursos Naturales y Agricultura, Ganadería y Alimentación; tres secretarías; tres comisiones, y nueve federaciones deportivas.

Recordó que la información se solicitó a municipalidades, entidades del Gobierno central y otras instituciones. Los instrumentos remitidos incluyen ordenanzas, acuerdos ministeriales, acuerdos gubernativos, reglamentos y otras disposiciones.

En el caso de los ministerios, algunos solicitaron una reunión o que el requerimiento se haga mediante un oficio antes de remitir la información, indicaron los directores.

Velásquez explicó que se recibieron miles de documentos, pero luego de una depuración inicial se determinó que 1 mil 534 instrumentos deben ser objeto de un análisis para identificar posibles barreras a la competencia.

Añadió que, con el apoyo del Centro de Comercio Internacional, también participarán consultores nacionales e internacionales encargados de determinar si esos instrumentos contienen barreras a la libre competencia.

Como parte del análisis preliminar, el Directorio identificó que 1 mil 187 de los 1 mil 534 instrumentos contienen presuntas barreras a la libre competencia.

Velásquez aclaró que se les denomina presuntas porque corresponderá al equipo técnico y a los consultores verificar si efectivamente constituyen barreras a la competencia. Posteriormente, el Directorio conocerá el informe y resolverá lo que corresponda.

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Añadió que entre esos instrumentos hay disposiciones de alcance nacional, departamental e incluso centroamericano y latinoamericano, aplicables a diversos sectores económicos, entre ellos agricultura, catastro y aduanas.

Indicó que las presuntas barreras pueden estar relacionadas con fijación de precios, tasas injustificadas, exclusividades y acuerdos colusorios, pero se debe realizar el análisis, y llevar a cabo el procedimiento explicado.

Bauer explicó que la Sicom dispone de un plazo de dos años para efectuar esta identificación, contado a partir del 12 de octubre del 2025, fecha en la que asumió funciones el primer superintendente. Ese período concluirá en octubre del 2027.

Recopilación

La recopilación de información comenzó durante el primer semestre del presente año con el objetivo de identificar barreras regulatorias que restringen la competencia, de conformidad con la Ley de Competencia, Decreto 32-2024 del Congreso de la República, específicamente en cumplimiento del artículo 120.

Ese artículo establece que la Sicom elaborará un informe en el que identificará, a su criterio, las reformas o derogatorias necesarias de leyes, resoluciones, reglamentos, acuerdos ministeriales, acuerdos gubernativos y acuerdos municipales para cumplir con lo establecido en la Ley de Competencia.

Posteriormente, ese informe deberá remitirse al Organismo Ejecutivo, al Organismo Legislativo, a las entidades descentralizadas y autónomas, así como a las autoridades competentes de las diferentes instituciones, dentro de un plazo no mayor de dos años, según explicaron en esa oportunidad los directores.

Además, el artículo establece que la Sicom deberá presentar al Organismo Ejecutivo una iniciativa de ley con las reformas necesarias para modificar las leyes contrarias a las disposiciones de la Ley de Competencia, también dentro de un plazo no mayor de dos años contados a partir de la toma de posesión del primer superintendente.

Entre los documentos requeridos figuran:

Sin embargo, quedaron exceptuados de esa obligación:

Elaboran 10 guías técnicas sobre la aplicación de la ley

La Sicom también trabaja, junto con consultores del Centro de Comercio Internacional, en la elaboración de 10 guías técnicas.

Estas guías servirán para definir aspectos previstos en la Ley de Competencia, como el mercado relevante, las condiciones para autorizar una concentración económica, los estándares para desarrollar programas de cumplimiento (compliance) para los agentes económicos, la metodología para evaluar prácticas relativas y prácticas absolutas, así como el cálculo de algunos de los principales indicadores.

Velásquez explicó que estas guías son utilizadas por las autoridades de competencia de distintos países porque establecen los criterios técnicos que respaldan la toma de decisiones y fortalecen la independencia, el rigor y la neutralidad de la institución.

“Las guías son sumamente importantes y el hecho de que una agencia como el Centro Internacional de Comercio nos esté acompañando en la elaboración le da ese rigor y esa independencia, porque van a ser el estándar y la referencia en la que los técnicos de la Superintendencia se van a basar para realizar sus análisis y sus dictámenes, que posteriormente el Directorio va a conocer y resolver”, expuso Velásquez.

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Guillermo Rojas, abogado y académico costarricense especializado en derecho de la competencia, quien participó como expositor en la actividad, explicó que Costa Rica cuenta con una ley de competencia desde 1995 y consideró que un paso importante para Guatemala fue la aprobación de esa legislación. Agregó que ahora corresponde avanzar en la conformación de la institucionalidad, que deberá estar lista en diciembre.

Según el decreto, la segunda fase de la Ley de Competencia, correspondiente a las investigaciones y sanciones, entrará en vigencia el 9 de diciembre del 2026.

Fuente original: Prensa Libre

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