
Asamblea Legislativa impulsa reformas para regular fórmulas infantiles y fortalecer la lactancia materna en El Salvador
La Asamblea Legislativa avanza en reformas a la Ley de Lactancia para definir productos sustitutos, fortalecer controles sanitarios y regular el etiquetado de fórmulas infantiles, con apoyo del Ministerio de Salud y el Despacho de la Primera Dama.
El 23 de abril, la Comisión de Niñez e Integración Social de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para reformar la Ley Amor Convertido en Alimento para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna. Esta iniciativa busca actualizar y fortalecer el marco normativo vigente desde 2022, con el objetivo de establecer definiciones claras sobre los productos sustitutos de la leche materna, reforzar los controles sanitarios, y regular el etiquetado y la promoción de estos productos.
La propuesta responde a solicitudes planteadas por el Ministerio de Salud (MINSAL) y el Despacho de la Primera Dama, que durante el proceso legislativo apoyaron la necesidad de ajustar la ley para garantizar que las madres puedan ejercer la lactancia materna de manera informada, segura y sin obstáculos. Este esfuerzo se enmarca en una política pública que prioriza la nutrición y el desarrollo integral de la primera infancia en El Salvador.
Antecedentes y contexto de la ley
La Ley Amor Convertido en Alimento fue aprobada en septiembre de 2022 con 78 votos a favor y representa un avance significativo en la protección del derecho de las madres a amamantar. Además, establece mecanismos para la recolección y suministro de leche materna y reconoce la importancia del contacto piel con piel entre madre y recién nacido durante la primera hora tras el parto. Esta legislación forma parte de un conjunto normativo orientado a garantizar los derechos de la niñez desde sus etapas iniciales.
Definición y regulación de productos sustitutos
Durante el análisis legislativo, se discutió la necesidad de precisar conceptos relacionados con las fórmulas infantiles, productos especiales, de crecimiento y seguimiento, así como otros derivados lácteos o vegetales que se utilizan como sustitutos parciales de la leche materna. La jefa de Salud y Nutrición del Despacho de la Primera Dama destacó que estos productos no contienen la misma cantidad ni calidad de nutrientes que la leche materna, por lo que su uso debe ser complementario y regulado cuidadosamente.
Se propuso además que las regulaciones y prohibiciones contempladas en la ley abarquen también productos relacionados como biberones, pachas y chupetes, para un control integral sobre la promoción y comercialización de artículos vinculados con la alimentación infantil.
Etiquetado claro y prevención de confusión
Un aspecto central de las reformas es la obligación de que las etiquetas de los productos sustitutos detallen su contenido de manera transparente y eviten el uso de elementos visuales o textos que puedan inducir a la confusión sobre su equivalencia con la leche materna. Esta medida pretende que las madres reciban información clara para tomar decisiones informadas respecto a la alimentación de sus hijos e hijas.
Refuerzo de controles sanitarios y registro de productos
El Ministerio de Salud solicitó que todos los productos sustitutos cuenten con registro sanitario vigente, lo que implica modificaciones al artículo 6 de la ley para establecer procedimientos más rigurosos en la autorización de etiquetas y el cumplimiento de estándares de calidad y seguridad.
Este control busca garantizar que los productos comercializados en el país cumplan con las normativas sanitarias y no representen riesgos para la salud de la población infantil.
Ampliación del alcance: alimentos y bebidas para la primera infancia
Las reformas también incluyen disposiciones específicas sobre alimentos y bebidas dirigidos a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 36 meses de edad, e incluso para edades superiores cuando exista recomendación médica o nutricional. Esto amplía el marco regulatorio para proteger la nutrición infantil en etapas cruciales de desarrollo.
Contribución de actores institucionales
En el proceso de estudio, la Comisión de Niñez e Integración Social recibió aportes técnicos de representantes del Ministerio de Salud y del Despacho de la Primera Dama, quienes respaldaron la necesidad de actualizar la ley para responder a los retos actuales en la protección de la lactancia materna y la alimentación infantil.
Estos aportes permitieron ajustar la propuesta para que sea coherente con las evidencias científicas y las políticas nacionales en salud y nutrición.
Implicaciones para la protección de la niñez en El Salvador
La reforma de la Ley Amor Convertido en Alimento representa un paso importante para fortalecer las condiciones que permitan a las madres ejercer la lactancia materna de forma segura y con información adecuada. Esto contribuye a mejorar la nutrición y el desarrollo integral de la primera infancia, etapa fundamental para el crecimiento saludable y el bienestar futuro de la población salvadoreña.
Además, el establecimiento de controles más estrictos sobre los productos sustitutos y su comercialización ayuda a prevenir prácticas que puedan afectar negativamente la alimentación infantil, asegurando la protección de los derechos de los niños y niñas desde sus primeros meses de vida.
Próximos pasos legislativos
Con el dictamen favorable emitido por la Comisión de Niñez e Integración Social, la propuesta de reforma será sometida a discusión y votación en el pleno de la Asamblea Legislativa. De ser aprobada, fortalecerá el marco normativo existente y reforzará las políticas públicas orientadas a la protección de la lactancia materna y la alimentación saludable en El Salvador.
Este proceso refleja el compromiso del Estado salvadoreño con la promoción de prácticas que contribuyan al desarrollo integral de la niñez y la garantía de sus derechos en materia de salud y nutrición.
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