COI establece criterio biológico para competencia femenina en Juegos Olímpicos 2028

COI establece criterio biológico para competencia femenina en Juegos Olímpicos 2028

El Comité Olímpico Internacional implementará a partir de Los Ángeles 2028 un criterio biológico basado en la detección del gen SRY para definir la elegibilidad en la categoría femenina, con excepciones médicas específicas.

26 marzo 2026
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El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció este jueves una nueva política destinada a proteger la integridad y la equidad en la categoría femenina del deporte olímpico. Esta medida establece que, a partir de los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028, únicamente podrán competir en eventos femeninos las mujeres biológicas, definidas mediante un criterio científico basado en la detección del gen SRY.

La elegibilidad para la categoría femenina se determinará en primera instancia mediante una prueba genética que busca la presencia del gen SRY, un marcador exclusivo de los hombres biológicos. Según el comunicado oficial del COI, esta prueba debe arrojar un resultado negativo para que una atleta pueda competir en la categoría femenina.

El gen SRY como criterio de elegibilidad

El gen SRY, cuya presencia es fija a lo largo de la vida, está asociado al desarrollo sexual masculino. La presidenta del COI, Kirsty Coventry, destacó que esta prueba es altamente precisa para determinar si un atleta ha experimentado un desarrollo sexual masculino, y que este método es menos invasivo que otras alternativas, ya que sólo requiere una muestra de saliva o sangre y debe realizarse una única vez en la vida.

Además, el COI señaló que esta política fue desarrollada con base en evidencias científicas y con asesoría de expertos médicos, para garantizar que el deporte femenino mantenga condiciones de equidad y seguridad. Coventry enfatizó que es injusto y, en algunos deportes, inseguro que varones biológicos compitan en la categoría femenina.

Excepciones médicas contempladas

La normativa contempla excepciones muy específicas para atletas con trastornos del desarrollo sexual que no se benefician de los efectos anabólicos o de mejora del rendimiento derivados de la testosterona. Por ejemplo, aquellas atletas con diagnóstico de síndrome de insensibilidad completa a los andrógenos o condiciones similares podrán competir en la categoría femenina, siempre que no tengan ventajas físicas relacionadas con la testosterona.

Por el contrario, los atletas transgénero con cariotipo XY (hombres biológicos) y aquellos con trastornos sensibles a los andrógenos deberán competir en la categoría masculina, en línea con el principio de preservar la equidad deportiva.

Contexto y antecedentes de la medida

Esta decisión surge luego de un período de debate y controversia en el ámbito deportivo internacional. En los Juegos Olímpicos de París 2024, se generaron discusiones sobre la elegibilidad de algunas competidoras femeninas, como las boxeadoras Imane Khelif de Argelia y Lin Yu-ting de Taiwán, quienes enfrentaron descalificaciones en el Mundial de 2023 por supuestos incumplimientos en las pruebas de género establecidas por la Federación Internacional de Boxeo (IBA).

El COI instauró un grupo de trabajo para abordar estas polémicas y desarrollar un marco normativo que garantice la integridad de la categoría femenina en todos los deportes olímpicos.

Alcance y aplicación de la nueva política

La nueva normativa será aplicada en todas las disciplinas del programa olímpico, incluyendo deportes individuales y por equipos, y estará vigente en eventos organizados bajo la supervisión del COI, como los Juegos Olímpicos. No obstante, la organización aclaró que esta política no afecta los programas deportivos de base o recreativos, donde la inclusión se maneja con criterios diferentes.

El COI fundamenta esta política en el consenso universal acerca de la necesidad de preservar una categoría femenina separada para asegurar que mujeres y hombres tengan igualdad de oportunidades en el deporte de alto rendimiento.

Implicaciones para el deporte en El Salvador

Para El Salvador, país que ha incrementado su participación en eventos olímpicos y regionales, esta normativa implica un ajuste en los procesos de selección y validación de atletas femeninas que representen a la nación en competencias internacionales. La Federación Salvadoreña de Deportes deberá adecuar sus protocolos para garantizar cumplimiento con los nuevos estándares y evitar posibles sanciones o exclusiones en eventos futuros.

Asimismo, la medida puede influir en la planificación deportiva, la formación de atletas y las políticas de inclusión, generando un debate nacional sobre equidad, derechos y la naturaleza misma de las categorías deportivas.

Conclusiones

La decisión del COI representa un cambio significativo en la definición de elegibilidad para la categoría femenina en el deporte olímpico, con un enfoque basado en criterios biológicos objetivos y excepciones médicas muy específicas. Esta política busca preservar la equidad, seguridad e integridad de la competencia, respondiendo a controversias recientes y estableciendo un marco claro para futuras ediciones de los Juegos Olímpicos.

Su implementación a partir de Los Ángeles 2028 marcará un precedente global en la regulación de género en el deporte de élite, obligando a atletas, federaciones y organismos deportivos a adaptarse a un nuevo paradigma que prioriza la ciencia y la justicia deportiva.

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