
Dos años de la reestructuración municipal sin claridad en evaluación y homologación de trámites en El Salvador
A dos años de la reestructuración municipal en El Salvador, persiste la incertidumbre sobre quién evaluará y validará la homologación de trámites en los 44 nuevos municipios, generando preocupación entre concejales y falta de transparencia en el seguim...
La reestructuración municipal en El Salvador, que entró en vigencia el 1 de mayo de 2024, cumple dos años sin que exista claridad sobre quién tiene la responsabilidad de evaluar y validar la homologación de trámites en los 44 nuevos municipios creados tras la integración de los anteriores 262 distritos. Esta situación genera incertidumbre entre los concejos municipales y plantea importantes dudas sobre el cumplimiento de los procesos previstos en la Ley Especial de Transición para la Reestructuración Municipal.
Antecedentes y marco legal
La Ley Especial de Transición para la Reestructuración Municipal fue aprobada en abril de 2024, poco antes de la entrada en vigor del nuevo ordenamiento territorial. Esta legislación estableció un plazo de dos años para que las nuevas municipalidades realicen las acciones administrativas y financieras necesarias para integrar y homologar los trámites que anteriormente se gestionaban en los 262 distritos.
Además, la ley contempla sanciones severas para los funcionarios que no cumplan con este mandato: la destitución y una inhabilitación para ejercer funciones públicas por un periodo de diez años. Sin embargo, un punto crítico señalado por varios concejales es que, aunque la norma asigna responsabilidades de seguimiento y monitoreo a instituciones como la Corte de Cuentas de la República (CCR) y el Ministerio de Hacienda, no define claramente quién debe realizar la evaluación, validación o acreditación de los procesos de homologación.
Responsabilidades asignadas y vacíos legales
La ley delega a la CCR y al Ministerio de Hacienda la emisión de normativa e instructivos para efectuar los cierres contables de los antiguos municipios. También establece que, al término del periodo de dos años, cada municipio debe contar con un único jefe del Registro del Estado Familiar y un solo jefe de catastro.
En términos generales, según declararon concejales de los municipios de La Libertad Sur y San Salvador Este, se ha avanzado en la integración administrativa y financiera, así como en la unificación de registros y catastros. Sin embargo, ambos coinciden en que la ley no contempla un mecanismo claro para confirmar o validar oficialmente que el cumplimiento se haya realizado conforme a las expectativas del Órgano Ejecutivo y que exista un respaldo documental formal.
La concejal de La Libertad Sur señaló que, aunque el seguimiento interno indica que la administración está funcionando acorde con la ley, no existe confirmación externa o validación de las acciones realizadas. Por su parte, un concejal de San Salvador Este indicó que el municipio reporta un avance aproximado del 85 % en la unificación de trámites, pero la ausencia de un ente evaluador genera incertidumbre sobre los criterios y requisitos formales para considerar concluido el proceso.
Falta de información y seguimiento institucional
Además de la falta de claridad sobre la evaluación, no se ha emitido ningún informe público por parte del Órgano Ejecutivo o las entidades involucradas que evalúe el proceso de reestructuración municipal y sus resultados. El Oficial gestionó información con las áreas de comunicación de la Corte de Cuentas y el Ministerio de Hacienda para conocer el seguimiento realizado, pero sólo la CCR respondió inicialmente que la solicitud estaba siendo procesada, sin brindar datos concretos posteriormente. Hacienda no respondió a las solicitudes de información.
En la memoria de labores 2024, la CCR menciona la emisión de un instructivo para el traspaso de gestión administrativa, financiera y operativa, pero no detalla los avances o resultados de los cierres contables. Por su parte, el Ministerio de Hacienda incluye una referencia a la reestructuración municipal en el Plan Fiscal de Mediano y Largo Plazo 2025-2029, pero sólo clasifica a los municipios en categorías generales como “muy grande”, “grande”, “mediano” y “pequeño”, sin identificar con precisión cuáles corresponden a cada grupo.
Asimismo, Hacienda reconoce que 32 de los 43 municipios presentan baja capacidad para generar recursos propios, dependiendo en promedio en un 62 % de las transferencias del Gobierno Central, pero no especifica cuáles municipios están en esta situación. La ley también establece la entrega de informes mensuales a Presidencia sobre los avances en la ordenación contable, pero estos documentos no son públicos ni se conoce si se han cumplido con esas disposiciones.
Preocupación de concejales ante posibles sanciones
La ambigüedad en la evaluación y la ausencia de informes oficiales generan preocupación entre los concejales, quienes temen las consecuencias de posibles sanciones que impliquen la destitución e inhabilitación de funcionarios municipales. Algunos señalan que, en concejos dominados por determinados partidos, la falta de interés o participación podría derivar en penalizaciones injustas para quienes no han tenido oportunidad real de incidir en la administración durante el proceso.
Un concejal de San Salvador Este expresó su inquietud sobre el escenario en que un concejo sea sancionado sin que los miembros actuales hayan participado en la gestión, lo que podría afectar a quienes no tuvieron responsabilidad directa en los incumplimientos.
Perspectiva institucional y análisis de la sociedad civil
En relación con la aplicación de la ley, una fuente del Tribunal Supremo Electoral (TSE),bajo condición de anonimato, indicó que el tribunal no ha abordado la discusión sobre el contenido del decreto de transición en lo referente a la inhabilitación de funcionarios municipales. Según esta fuente, la Corte de Cuentas y el Ministerio de Hacienda serían los responsables de verificar las adecuaciones realizadas y emitir las certificaciones necesarias para la inscripción de candidatos, funcionando como mecanismos de validación.
Por otra parte, la organización Acción Ciudadana coincidió en que corresponde a la CCR y a Hacienda realizar las evaluaciones pertinentes. Sin embargo, expresaron reservas sobre la forma en que se aplicarían las destituciones previstas en la ley, dado que el proceso de remoción debería ser conocido y aprobado por los concejos municipales, requiriendo mayoría calificada y notificación formal al TSE para la inhabilitación.
La organización advirtió que si la Corte de Cuentas o Hacienda determinan que un concejo no cumplió con la ley y se procede a su destitución, podría presentarse un problema si no existen concejales propietarios en funciones para hacer efectiva la remoción. En cambio, la destitución de alcaldes o síndicos sería más viable desde el punto de vista legal y administrativo.
Conclusión
Tras dos años de la implementación de la reestructuración municipal en El Salvador, el proceso muestra avances en la integración administrativa y financiera, pero enfrenta un déficit importante en la definición de mecanismos claros para la validación y evaluación oficial de los trámites homologados. La ausencia de informes públicos y la falta de claridad sobre las responsabilidades de evaluación generan incertidumbre y preocupación entre los funcionarios municipales.
Este escenario plantea un desafío para las instituciones responsables de dar seguimiento al proceso, así como para los municipios que deben cumplir con la normativa para evitar sanciones. La transparencia y una mayor comunicación institucional serán clave para fortalecer la confianza en el proceso de reestructuración y garantizar que los objetivos de eficiencia y modernización administrativa se cumplan en beneficio de la población salvadoreña.
Comentarios (0)
Sé el primero en comentar este artículo.
Debes iniciar sesión para poder comentar.
Iniciar sesión