Padres y madres en El Salvador pueden solicitar cuota alimenticia a sus hijos, esto dice la ley

Padres y madres en El Salvador pueden solicitar cuota alimenticia a sus hijos, esto dice la ley

En El Salvador los padres pueden solicitar alimentos a sus hijos cuando los necesiten, debido a que el Código de Familia establece una obligación recíproca entre ascendientes y descendientes. La Procuraduría General de la República (PGR) brinda orienta...

28 agosto 2026
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En El Salvador los padres pueden solicitar alimentos a sus hijos cuando los necesiten, debido a que el Código de Familia establece una obligación recíproca entre ascendientes y descendientes. La Procuraduría General de la República (PGR) brinda orientación y acompañamiento a personas adultas mayores que acuden a la institución para iniciar el proceso de establecimiento de una cuota alimenticia.

La posibilidad de solicitar este apoyo no significa que exista una cantidad automática que los hijos deban entregar a sus padres. Para determinar los alimentos deben considerarse las necesidades de quien los solicita y la capacidad económica de quien tendría que proporcionarlos.

La PGR destacó recientemente su labor de orientación y acompañamiento a adultos mayores interesados en iniciar este procedimiento, como parte de los servicios que brinda a la población.

Si vos o un familiar están considerando solicitar una cuota alimenticia, estos son los principales aspectos que establece la legislación salvadoreña.

La PGR orienta a personas adultas mayores interesadas en solicitar una cuota alimenticia. Foto de referencia IA

¿Quién puede solicitar alimentos a sus hijos?

El artículo 248 del Código de Familia de El Salvador establece que existe obligación recíproca de proporcionar alimentos entre cónyuges, ascendientes y descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, así como entre hermanos.

En términos prácticos, esto contempla la posibilidad de que un padre o una madre solicite alimentos a sus hijos cuando los necesite.

En el caso de las personas adultas mayores, la legislación salvadoreña considera dentro de este grupo a quienes tienen 60 años o más.

Sin embargo, alcanzar esa edad no significa que una cuota se otorgue automáticamente. Para establecerla deben analizarse las condiciones particulares de cada caso.

¿Qué necesidades puede cubrir la cuota?

La palabra "alimentos" tiene un significado más amplio dentro del Código de Familia y no se limita a proporcionar comida. El artículo 247 establece que comprende las prestaciones necesarias para satisfacer necesidades de:

Estas necesidades forman parte de los aspectos que contempla la legislación al regular el derecho de alimentos.

Por ello, cuando un padre o una madre necesita este tipo de asistencia, la solicitud puede estar relacionada con diferentes gastos necesarios para su subsistencia y no exclusivamente con alimentación.

Las autoridades recomienda abrigar a los menores ya adultos mayores debido a las bajas temperaturas y vientos. elsalvador.com

¿Cómo se determina cuánto deben aportar los hijos?

No existe una cantidad fija aplicable a todas las familias. El artículo 254 del Código de Familia establece que los alimentos deben fijarse de manera proporcional.

Para ello se considera la capacidad económica de quien está obligado a proporcionarlos y las necesidades de quien los solicita.

También deben tomarse en cuenta la condición personal de ambas partes y las obligaciones familiares que tenga la persona que proporcionará los alimentos.

Esto significa que la cantidad dependerá de las circunstancias particulares que sean consideradas en cada procedimiento.

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Entre el tráfico y el calor, adultos mayores recorren la ciudad buscando ingresos para salir adelante. Foto IA

¿Qué documentos hay que presentar?

Antes de iniciar el proceso, es recomendable consultar directamente con la Procuraduría General de la República (PGR) para confirmar qué documentos corresponden según las circunstancias particulares de la persona que solicitará la cuota alimenticia.

Entre la documentación e información que puede solicitarse para trámites relacionados con cuotas alimenticias se encuentra:

Estos datos permiten identificar y localizar a las personas involucradas y facilitar el seguimiento correspondiente. Sin embargo, los documentos pueden variar según las características de cada caso, por lo que es importante verificar previamente los requisitos con la PGR.

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Adultos mayores enfrentan el trabajo informal para sobrevivir día a día en las calles de la ciudad. Foto IA

¿Dónde iniciar el proceso?

Las personas interesadas pueden acudir a la Procuraduría General de la República para solicitar orientación sobre el establecimiento de una cuota alimenticia.

La institución cuenta con la Procuraduría Especializada de Familia y con Procuradurías Auxiliares que brindan servicios relacionados con asuntos familiares en diferentes zonas del país.

Antes de presentarse, la persona puede consultar con la PGR cuál oficina le corresponde y cuáles documentos debe llevar de acuerdo con su caso. La institución también dispone de servicios vinculados con cuotas alimenticias y con el control de los fondos correspondientes a estos pagos.

Lo que debés tener claro antes de solicitarla

En El Salvador, la obligación alimenticia no funciona únicamente de padres hacia hijos. El Código de Familia establece reciprocidad entre ascendientes y descendientes.

Ser una persona adulta mayor tampoco genera por sí solo una cuota automática. Las necesidades de quien solicita los alimentos y las posibilidades económicas de quien deberá proporcionarlos son elementos que deben considerarse.

La cuota puede cubrir más que alimentación, pues la legislación contempla necesidades como vivienda, vestido y conservación de la salud.

Si una persona considera que necesita este apoyo, puede acudir a la PGR para recibir orientación sobre su situación y conocer los pasos y documentos que correspondan para iniciar el procedimiento.

Fuente original: elsalvador.com

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