¿Por qué se nacionalizan futbolistas extranjeros en El Salvador? No hay una sola respuesta

¿Por qué se nacionalizan futbolistas extranjeros en El Salvador? No hay una sola respuesta

La legislación salvadoreña permite adquirir la nacionalidad por distintas vías, pero, esa decisión no garantiza que puedan jugar con la Selección Nacional

25 octubre 2026
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La naturalización de un futbolista suele generar preguntas sobre sus posibilidades de representar a El Salvador y los beneficios que puede obtener su equipo. Para responderlas es necesario distinguir la concesión estatal de la nacionalidad, la inscripción en una competición de clubes y la elegibilidad para una selección.

Un club no tiene facultades para conceder la nacionalidad. La decisión corresponde a las autoridades competentes, conforme a la vía legal utilizada. Asimismo, obtener un documento salvadoreño no sustituye los requisitos deportivos que establece FIFA.

Las vías para adquirir la nacionalidad salvadoreña

El artículo 92 de la Constitución contempla cuatro supuestos de naturalización: españoles e hispanoamericanos de origen con un año de residencia; extranjeros de cualquier origen con cinco años; personas reconocidas por servicios notables a la República; y extranjeros casados con salvadoreños que acrediten dos años de residencia.

La Ley Especial de Migración y de Extranjería desarrolla el procedimiento. Para españoles e hispanoamericanos, su artículo 156 establece un año de residencia definitiva; en la vía general de cinco años y en la matrimonial de dos, se consideran los períodos de residencia temporal y definitiva.

Por tanto, la naturalización no depende siempre de una aportación extraordinaria al país. Una persona puede solicitarla por residencia o matrimonio, siempre que cumpla las condiciones aplicables, sin necesidad de ser deportista ni de representar a El Salvador internacionalmente.

La vía legislativa por servicios notables tiene otro fundamento. El artículo 92, ordinal tercero, permite concederla a quienes hayan prestado esos servicios a la República. Los artículos 12 y 13 de la Ley de Distinciones Honoríficas, Gratificaciones y Títulos desarrollan esta posibilidad.

Esta última norma exige documentación que respalde y compruebe los servicios prestados, además de la aceptación expresa del interesado. El fundamento jurídico se refiere, por tanto, a una contribución a la República; liberar una plaza de extranjero en un equipo no aparece como una causa autónoma para otorgar esta distinción.

Un ejemplo es Michell Mercado, cuya naturalización legislativa se presentó como reconocimiento a su aportación al fútbol salvadoreño y a su disposición para representar al país. Esa justificación debe distinguirse de cualquier efecto posterior sobre su inscripción en un club.

Ahora bien, de estas normas tampoco se desprende que los equipos nunca puedan apoyar gestiones o resultar beneficiados. Si un naturalizado deja de ocupar una plaza de extranjero, ese efecto debe comprobarse en las bases de competición correspondientes. Por sí solo, no demuestra cuál fue el motivo de la concesión.

Miguel Murillo (izq.) y Edgar Medrano celebran un gol de FAS ante Águila en la final del Apertura 2026. Foto Miguel Lemus
Miguel Murillo (izq.) y Edgar Medrano celebran un gol de FAS ante Águila en la final del Apertura 2026. Foto Miguel Lemus

Otros ejemplos: España y Costa Rica

Los requisitos de nacionalidad cambian entre países. En España, el artículo 22 del Código Civil establece diez años de residencia como regla general, pero reduce el plazo a dos para nacionales de origen de países iberoamericanos, entre otros supuestos.

La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Además, se exige buena conducta cívica e integración en la sociedad española: cumplir el plazo no equivale a recibir automáticamente la nacionalidad.

España también contempla la carta de naturaleza, concedida discrecionalmente mediante real decreto cuando concurren circunstancias excepcionales. El futbolista Aymeric Laporte obtuvo la nacionalidad española mediante esta vía en mayo de 2021.

Costa Rica dispone otros plazos. El artículo 14 de su Constitución exige al menos cinco años de residencia oficial a centroamericanos, españoles e iberoamericanos por nacimiento; para los demás grupos comprendidos en la vía general, establece siete años.

Su Constitución también contempla la naturalización por matrimonio bajo condiciones específicas y la nacionalidad honorífica otorgada por la Asamblea Legislativa. Además, establece requisitos de conducta, medios de vida, conocimiento del español y de la historia del país.

FIFA exige requisitos adicionales para jugar con una selección

FIFA reconoce que cada Estado determina quiénes poseen su nacionalidad. Sus normas deportivas, sin embargo, regulan una cuestión adicional: quién puede representar a una federación en el fútbol internacional.

Para quien adquiere una nueva nacionalidad, la elegibilidad puede depender del nacimiento en el territorio, del nacimiento allí de un progenitor biológico o un abuelo, o del cumplimiento de un período de residencia. Son vías alternativas previstas en la normativa, no requisitos que deban reunirse todos a la vez.

Cuando el vínculo se acredita mediante residencia, FIFA distingue según la edad de llegada. Exige al menos tres años a quienes comenzaron a vivir en el territorio antes de cumplir diez; para quienes llegaron entre los diez y los dieciocho, o después de cumplir dieciocho, establece cinco años, con condiciones adicionales para el grupo intermedio.

Si el futbolista ya representó a otra federación en una competición oficial, también deben examinarse las reglas de cambio de federación. La categoría, los encuentros disputados y las circunstancias de adquisición de la nacionalidad pueden influir en la decisión.

Así, un jugador puede obtener legalmente una nacionalidad antes de cumplir las condiciones para defender a su nueva selección. La concesión estatal, su situación en un plantel y la autorización deportiva deben verificarse por separado.

En síntesis, en el caso de El Salvador ningún equipo ha demostrado tener el suficiente poder legal o mediático como para nacionalizar a un futbolista en pro únicamente de sus intereses particulares; a todos los que se han naturalizado ha sido fueron con la esperanza o proyecto de jugar con Selección Nacional. Hasta hoy, nadie pudo comprobar lo contrario.

Fuente original: elsalvador.com

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