Propuesta de nueva Ley de Alianzas Público Privadas reduce controles institucionales y transparencia en El Salvador

Propuesta de nueva Ley de Alianzas Público Privadas reduce controles institucionales y transparencia en El Salvador

El Gobierno propone una nueva Ley de Alianzas Público Privadas que suprime controles institucionales, elimina límites financieros y reduce la transparencia, poniendo en riesgo la supervisión de proyectos en sectores sensibles como salud y educación.

10 abril 2026
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El Gobierno de El Salvador ha presentado una iniciativa legislativa para sustituir la actual Ley Especial de Asocios Público Privados, normativa que regula la colaboración entre entidades estatales y empresas privadas en proyectos de infraestructura y servicios públicos. La nueva propuesta plantea importantes modificaciones que eliminan diversos mecanismos de control institucional y transparencia vigentes, despertando preocupaciones sobre la supervisión y rendición de cuentas en sectores sensibles como salud, educación y recursos hídricos.

Eliminación de controles y fiscalización independiente

Uno de los cambios más significativos en la propuesta es la eliminación del ente fiscalizador independiente. Actualmente, esta función la desempeña el Organismo Fiscalizador de Asocios Público Privados (OFAPP),una institución autónoma con representación de la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Obras Públicas y el Banco Central de Reserva. El OFAPP supervisa que los contratos públicos privados se administren conforme a la ley y garantiza la transparencia.

La nueva ley centraliza la gestión, selección y supervisión de los contratos en la Dirección Nacional de Alianzas Público Privadas (DAPP),que se creará como dependencia directa del Ministerio de Hacienda. Esta concentración de funciones en un solo ente, dependiente del Ejecutivo, elimina el contrapeso que ofrece un órgano autónomo y con participación multisectorial.

Reducción de límites financieros y fiscalización legal

La normativa vigente establece un límite financiero al monto acumulado que el Estado puede comprometer anualmente en los asocios público privados, fijado en un máximo del 3 % del Producto Interno Bruto (PIB) del año anterior. Esta medida busca evitar que estos compromisos comprometan la estabilidad fiscal del país.

En la propuesta, aunque se menciona el principio de responsabilidad fiscal, se omite el límite cuantitativo específico. Esta modificación abre la posibilidad de comprometer recursos estatales sin un tope definido, lo que podría afectar la sostenibilidad financiera del Estado.

Adicionalmente, se elimina el papel de la Fiscalía General de la República en la representación y defensa jurídica del Estado en los contratos de asocios público privados. Actualmente, la Fiscalía supervisa el cumplimiento de requisitos legales y condiciones en las concesiones, ejerciendo acciones legales cuando se incumplen los términos. La supresión de esta función podría debilitar la protección legal de los intereses estatales.

Impacto en derechos laborales y compromisos internacionales

La ley vigente contiene disposiciones explícitas para proteger los derechos laborales en los proyectos de asocios público privados. Entre ellas, se garantiza la libertad sindical, la negociación colectiva y la erradicación del trabajo infantil y forzoso. Estas normas son parte del compromiso del Estado con convenios internacionales y estándares laborales fundamentales.

La propuesta elimina estos detalles, limitándose a una referencia genérica al cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente. Esta omisión reduce la claridad y el énfasis en la protección de los derechos laborales dentro de los proyectos públicos privados, lo cual podría generar riesgos para los trabajadores involucrados.

Transparencia y acceso a la información

En términos de transparencia, la ley actual obliga a mantener un registro público accesible que detalla los proyectos, estudios técnicos, bases, resoluciones y aquellos proyectos rechazados en el marco de asocios público privados. Este registro debe estar disponible electrónicamente, garantizando así el acceso ciudadano y la rendición de cuentas.

La nueva propuesta solo establece que la DAPP llevará un registro de todas las contrataciones, pero omite la obligación de que este registro sea público y detallado. Esta reducción de la transparencia limita el escrutinio social sobre los proyectos y la gestión contractual.

Ampliación de la participación privada en servicios públicos

Otra diferencia relevante es que la iniciativa abre la puerta para que empresas privadas diseñen, construyan, administren, operen y cobren a los usuarios cuotas por la prestación de servicios públicos en sectores sensibles como salud, educación y recursos hídricos. La actual legislación no contempla la posibilidad de que se cobre directamente a los usuarios por estos servicios en el marco de alianzas público privadas.

Esta ampliación genera preocupación, ya que experiencias internacionales indican que la privatización o concesión de servicios esenciales sin adecuados controles puede afectar la calidad, accesibilidad y equidad en la prestación de los mismos. Un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) sobre asociaciones público privadas en salud en América Latina y el Caribe señala que la falta de transparencia, limitaciones fiscales y deficiencias en la selección y supervisión de proyectos son obstáculos frecuentes que afectan su éxito.

Reacciones y perspectivas

La propuesta de ley será discutida en la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión en la próxima semana, donde se analizarán los alcances y cambios introducidos. La modificación legislativa implica una reconfiguración importante del marco normativo que regula la participación privada en proyectos públicos, con implicaciones directas en la gestión financiera, control institucional y acceso a servicios básicos.

En el contexto salvadoreño, donde el acceso a servicios públicos como salud y educación es prioritario para el bienestar social, la reducción de controles y transparencia en las alianzas público privadas podría afectar la confianza ciudadana y la calidad del servicio. La supervisión independiente y mecanismos claros de rendición de cuentas son esenciales para garantizar que estos proyectos beneficien a la población sin comprometer derechos ni estabilidad fiscal.

Conclusión

La iniciativa de la nueva Ley de Alianzas Público Privadas presenta cambios sustanciales que eliminan controles claves y limitan la transparencia en la gestión de estos proyectos en El Salvador. La centralización de funciones en un solo ente dependiente del Ministerio de Hacienda, la supresión de límites financieros específicos, la reducción de salvaguardas laborales y la disminución del acceso público a la información representan un retroceso en términos de fiscalización y participación ciudadana.

Este planteamiento legislativo deberá ser analizado con detalle en el proceso legislativo para asegurar que los mecanismos de control y protección de derechos fundamentales no sean sacrificados en aras de agilizar la inversión privada, especialmente en sectores estratégicos para la población.

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