¿Qué ocurre si un motorista de bus da positivo en alcoholemia?
Los motoristas del transporte colectivo son sometidos a pruebas de alcoholemia y antidrogas durante las inspecciones que realiza el Viceministerio de Transporte (VMT) en las terminales del país. Cuando las autoridades detectan que un motorista se encue...
Los motoristas del transporte colectivo son sometidos a pruebas de alcoholemia y antidrogas durante las inspecciones que realiza el Viceministerio de Transporte (VMT) en las terminales del país.
Cuando las autoridades detectan que un motorista se encuentra bajo los efectos del alcohol o de otro tipo de estupefaciente, evitan que conduzca y que el autobús salga a operar bajo esas condiciones, explicó el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, durante la entrevista AM, de Canal 10.
En ese caso, el propietario del transporte o de la unidad debe conseguir a otro motorista para que el autobús pueda prestar el servicio.
“Obligamos a la a la al propietario del transporte o al propietario de las unidades que consiga otro operador en el caso que se detecte a una persona que esté manejando los efectos del alcohol de cualquier otro tipo de estupefaciente”, declaró Reyes durante la entrevista.
Pruebas antes de que el bus opere
El VMT ha intensificado las inspecciones en las terminales de transporte colectivo. En estos controles también verifica que se respete la tarifa autorizada, que las unidades se encuentren en condiciones adecuadas y que los conductores no manejen bajo los efectos de bebidas alcohólicas o estupefacientes.
Las autoridades también revisan que los autobuses tengan visible la información de la ruta y el tarifario correspondiente, según explicó Reyes en Canal 10.

Conductores deben someterse a las pruebas
El artículo 66 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece que todo conductor de un vehículo automotor está obligado a someterse a las pruebas para detectar posibles intoxicaciones por alcohol, drogas, estimulantes, estupefacientes u otras sustancias análogas cuando la autoridad competente lo requiera.
La disposición también señala que la autoridad puede ordenar la realización de estas pruebas y que la negativa del conductor a someterse a ellas constituye una "presunción de intoxicación".
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