
Reforma constitucional sobre penas perpetuas en El Salvador contrasta con propuesta previa del vicepresidente Ulloa
El oficialismo en El Salvador aprobó una reforma constitucional para permitir penas perpetuas, en contraste con la propuesta del vicepresidente Ulloa que buscaba eliminar la pena de muerte y mantener prohibiciones a penas perpetuas.
En El Salvador, la reciente aprobación por parte de la Asamblea Legislativa de una reforma constitucional que habilita la imposición de penas de prisión perpetua ha generado un debate significativo, dado que contrasta con una propuesta presentada en septiembre de 2021 por el vicepresidente de la República, Félix Ulloa.
La reforma aprobada, aún pendiente de ratificación, modifica el artículo 27 de la Constitución, que actualmente prohíbe expresamente la imposición de penas perpetuas, así como la prisión por deudas, las penas infamantes, las proscriptivas y toda forma de tormento. En su redacción vigente, este artículo también establece que la pena de muerte sólo podrá aplicarse en casos previstos por las leyes militares durante un estado de guerra internacional.
Propuesta original del vicepresidente Félix Ulloa
En septiembre de 2021, el vicepresidente Ulloa presentó una iniciativa de reforma constitucional que planteaba modificar el mismo artículo 27. Sin embargo, su propuesta mantenía la prohibición de las penas perpetuas y la prisión por deudas, así como la prohibición de penas infamantes, proscriptivas y cualquier forma de tortura. La principal modificación radicaba en la eliminación total de la pena de muerte, incluso en escenarios regulados por leyes militares durante estados de guerra internacional.
Además, la propuesta del vicepresidente incorporaba un énfasis en la administración penitenciaria, agregando un mandato expreso para evitar el hacinamiento en los centros de detención, buscando garantizar condiciones dignas para las personas privadas de libertad. Dicho inciso proponía que el Estado organizara los centros penitenciarios con el objetivo de corregir a los internos, educarlos y formar hábitos de trabajo, procurando su readaptación, reinserción y la prevención del delito, con especial atención a la eliminación del hacinamiento.
Reforma aprobada por la Asamblea Legislativa
La reforma constitucional aprobada recientemente modifica el artículo 27 para permitir la imposición de la pena perpetua, aunque restringida a ciertos delitos graves como homicidio, violación y terrorismo. Por otro lado, mantiene la prohibición de la pena de muerte en escenarios fuera de la legislación militar vigente durante estados de guerra internacional. Asimismo, conserva la prohibición de la prisión por deudas, las penas infamantes, proscriptivas y toda especie de tormento.
En cuanto a la organización de los centros penitenciarios, la reforma aprobada mantiene el texto tradicional que enfatiza la corrección, educación, formación de hábitos de trabajo y prevención del delito, pero no incluye la disposición específica para evitar el hacinamiento, un aspecto que había sido destacado en la propuesta del vicepresidente Ulloa.
Comparación entre las versiones del artículo 27
- Artículo vigente: Prohíbe la prisión por deudas, penas perpetuas, infamantes, proscriptivas, tortura y limita la pena de muerte a leyes militares en estado de guerra internacional.
- Propuesta de Ulloa (2021): Prohíbe la pena de muerte en todas sus formas, mantiene prohibiciones a penas perpetuas, prisión por deudas, infamantes, proscriptivas y tortura, e incluye mandato para evitar hacinamiento en cárceles.
- Reforma aprobada: Permite la pena perpetua para homicidio, violación y terrorismo; mantiene prohibición de la pena de muerte salvo en leyes militares durante guerra internacional; mantiene prohibiciones a penas infamantes, proscriptivas, tortura y prisión por deudas; pero no incluye la disposición para evitar el hacinamiento.
Implicaciones y contexto
La aprobación de esta reforma constitucional se produce en un contexto donde el Gobierno salvadoreño ha impulsado una política de mano dura contra la criminalidad, en particular contra pandillas y delitos violentos, lo que ha tenido amplio respaldo popular pero también críticas de organismos internacionales y sectores de derechos humanos.
La habilitación de la pena perpetua para ciertos delitos graves se interpreta como un esfuerzo por endurecer el sistema penal y aumentar las sanciones para enfrentar la inseguridad. Sin embargo, la diferencia con la propuesta original del vicepresidente Ulloa, que buscaba eliminar la pena de muerte y mantener la prohibición a condenas perpetuas, evidencia tensiones internas sobre la orientación y alcance de la política penal y penitenciaria del país.
Especialistas en derecho constitucional y derechos humanos han señalado que la eliminación de la prohibición a la pena perpetua puede abrir debates sobre la proporcionalidad de las sanciones y la posibilidad de rehabilitación de los condenados. La ausencia de la disposición para evitar el hacinamiento en la reforma aprobada también ha generado inquietudes sobre las condiciones en los centros penitenciarios, un tema crítico en El Salvador dada la sobrepoblación histórica en sus cárceles.
Consideraciones finales
La reforma constitucional que habilita la pena perpetua en El Salvador representa un cambio significativo en la política penal del país, con claras diferencias respecto a la propuesta inicial del vicepresidente Félix Ulloa. La modificación refleja la postura del oficialismo en la Asamblea Legislativa y su línea de acción frente a la seguridad pública, aunque suscita cuestionamientos sobre derechos fundamentales y condiciones penitenciarias.
Queda pendiente la ratificación definitiva de esta reforma, lo que abrirá un nuevo capítulo en el debate sobre la justicia penal y las garantías constitucionales en El Salvador.
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