¿Un “piropo” puede llevarte a prisión en El Salvador? Esto dice la ley
El Código Penal establece penas de prisión para quien realice una conducta sexual indeseada por la persona que la recibe y que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual. El delito de acoso sexual est...
El delito de acoso sexual está regulado en el artículo 165 del Código Penal, que establece una pena de prisión de tres a cinco años.
“El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual y que no constituya por si sola delito grave, será sancionado con prisión de 3 a 5 años”, establece el artículo 165.
La disposición menciona, por tanto, frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual dentro de la conducta sexual indeseada por quien la recibe.
Los piropos entre las conductas señaladas por la FGR
En una publicación de 2019, la Fiscalía General de la República (FGR) detalló “10 formas más comunes de acoso sexual”. Entre ellas incluye los piropos o comentarios inapropiados por aspecto físico, así como bromas o insinuaciones de carácter sexual y tocamientos innecesarios y no deseados.
La publicación de la FGR señala que algunas situaciones o insinuaciones podrían parecer una broma o algo cotidiano, pero podrían estar marcando algún tipo de acoso.

Estas son las 10 conductas incluidas en la publicación de la Fiscalía:
- Insultos, bromas o insinuaciones de carácter sexual.
- Piropos o comentarios inapropiados por aspecto físico.
- Tocamientos innecesarios y no deseados.
- Miradas morbosas.
- Invitaciones o peticiones acompañadas o no de amenazas.
- Expresiones verbales innecesarias.
- Mensajes o llamadas telefónicas recurrentes no deseadas.
- Comentarios o preguntas incómodas sobre la vida sexual, amorosa o personal.
- Chantaje.
- Gestos sugestivos.
¿Qué indica la FGR para denunciar acoso sexual?
Entre las indicaciones incluidas por la Fiscalía para denunciar el acoso sexual se encuentra identificar al agresor.
Para denunciar o solicitar información, la publicación señala que se puede contactar a la Fiscalía General de la República al 2593-7400 y a la Policía Nacional Civil (PNC) al 911.

“Respalda tu denuncia y acude a la Fiscalía General o a la PNC”, indica la publicación.
También señala: “Si denuncias directamente en Fiscalía recibirás atención legal y psicológica”.
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